Ayudas I+D España

Ayudas a proyectos de I+D de transferencia tecnológica

Propósito de las ayudas

Fortalecimiento de las capacidades de innovación de las PYMEs y empresas de mediana capitalización mediante la contratación de actividades de I+D a centros generadores de conocimiento o la ejecución de proyectos de I+D en colaboración con estas entidades

Se financiarán proyectos de investigación y desarrollo empresarial de carácter aplicado para la creación o mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio. Los proyectos deben demostrar un aspecto tecnológico diferencial sobre las tecnologías existentes en el mercado.

¿Qué tecnologías puede aplicarse?

  • Materiales avanzados
  • Economía circular
  • Transición energética
  • Fabricación inteligente
  • Tecnologías para la salud
  • Cadena alimentaria segura y saludable
  • Deep learning, Inteligencia Artificial
  • Redes móviles avanzadas
  • Transporte inteligente
  • Protección de la información
  • Computación cuántica

Obligación de participación de centros generadores de conocimiento (Universidades, Centros de Investigación, Centros tecnológicos) que no podrá ser inferior al 10% del total del presupuesto.

 

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

PYMEs y empresas de mediana capitalización (MIDCAPs), que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia, domicilio fiscal en España y que desarrollen un proyecto de I+D en España.

 

¿Existe algún requisito adicional?

La ayuda deberá tener un efecto incentivador en la actividad objeto de la ayuda, es decir, la ayuda debe cambiar el comportamiento de la empresa de tal manera que ésta emprenda actividades complementarias que no realizaría, o que, sin la ayuda, realizaría de una manera limitada o diferente.

Solo se considerarán proyectos que no se haya iniciado antes de la presentación de la ayuda.

 

¿Qué gastos son elegibles?

  • Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto de investigación).
  • Costes de instrumental y material (únicamente se considerarán elegibles los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto)
  • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia
  • Gastos y generales y otros gastos asociados al proyecto

Se puede subcontratar hasta un máximo del 65% del presupuesto elegible con carácter general.

 

¿Qué tipo de ayuda se aportan?

  • Ayuda Parcialmente Reembolsable con una cobertura de hasta el 90% del presupuesto total aprobado.
  • La empresa deberá financiar al menos el 10% del presupuesto del proyecto con fondos propios.
  • El tipo de interés aplicable es Euribor a un año fijado a la fecha de la aprobación de la ayuda
  • Plazo de amortización de 10 o 15 años.
  • El tramo no reembolsable será del 33% de la cobertura financiera de la ayuda parcialmente reembolsable.
  • La empresa podrá optar a un anticipo del 35% de la ayuda concedida con un límite de hasta 250.000 euros, sin exigencia de una garantía adiciona

 

¿Cuál es el importe de la ayuda?

 El presupuesto mínimo financiable del proyecto es de 175.000 euros.

 

¿Cuál es el plazo?

Duración del proyecto entre 12 y 36 meses. Esta convocatoria está abierta todo el año.

 

¿Cómo tramitar la subvención?

En muchas ocasiones, este tipo de ayudas requieren del ojo experto de consultores que conozcan sobre el tema, presenten y tramiten el papeleo necesario ya que muchas de ellas necesitan presentación de proyectos en un plazo realmente ajustado, como este.

Somos Mindhead, una consultoría estratégica para empresas que ha trabajado asesorando a negocios de 15 países, coordinando a más de 2700 empleados y gestionando en su trayectoria más de 325 millones de euros.

Si está interesad@ en que nuestro Observatorio de Financiación le informe sobre cómo tramitar esta y más ayudas de las que puede beneficiarse su negocio, contáctenos para una consulta gratuita en la que conoceremos su caso.

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