Ayudas al autoconsumo en España 2022-23

Ayudas para energías renovables de la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos de España.

Ayudas para la ejecución de programas ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, y la implantación de sistemas térmicos renovables por la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos.

Plazos

Del 20/09/2021 al 31/12/2023.

Objetivo 

Impulsar la descarbonización medioambiental a partir del autoconsumo energético.

Financiación

El importe total 3.399.755 Euros.

La intensidad de las ayudas variará en función del beneficiario y del tipo de instalación. Para las empresas se asignará un porcentaje sobre el volumen de inversión inicial (hasta un máximo), mientras que para los particulares y las administraciones públicas se subvencionará un porcentaje fijo.

En el caso de la energía solar fotovoltaica las ayudas abarcarán desde el 15% para una gran empresa hasta el 45%:

  • Para una pyme o un sistema pequeño, inferior a 10 kW.
  • Los particulares podrán beneficiarse de un 40% (sube al 50% en los sistemas de autoconsumo colectivo).
  • Las administraciones públicas del 70%.
  •  Se valorará la retirada de cubiertas de amianto y la instalación de marquesinas para optimizar el uso del espacio, como es frecuente en aparcamientos. 

En el caso de la eólica, la subvención oscilará entre el 20% para la instalación más grande en grandes empresas;

  • El 50% en los sistemas más pequeños para pymes.
  • Los particulares obtendrán un 50% y las administraciones públicas un 70%.

En las instalaciones de almacenamiento detrás del contador, que en general serán baterías:

  • Las ayudas para las empresas variarán entre el 45% y el 65%, dependiendo del tamaño de la organización.
  • Particulares, administraciones y entidades del tercer sector podrán beneficiarse de un 70%.

En climatización con renovables, la subvención dependerá de la tecnología empleada como la biomasa o la geotermia , y será del 40% al 70%:

  • Las Administraciones públicas propietarias de edificios residenciales podrán obtener un 70%.
  • En el caso de que el beneficiario se encuentre en un municipio de menos de 5.000 habitantes o en un municipio con menos de 20.000 habitantes en entornos rurales cuyos diferentes núcleos de población tengan menos de 5.000 habitantes, las intensidades anteriormente descritas se incrementarán en un 5% adicional.

Los beneficiarios con un coste subvencionable superior a 50.000 podrán solicitar el pago anticipado de la subvención, siempre que sea objeto de una garantía económica del 100% de la subvención otorgada. […] Consulte la información completa en la web oficial de la convocatoria.

Elementos a financiar

Estas bases contemplan las siguientes tipologías de gastos como subvencionables:

  • Inversión en equipos y materiales.
  • Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
  • Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
  • Sistema eléctrico general de Alta Tensión y Baja Tensión, incluyendo transformadores, línea de evacuación y sistemas e
  • Infraestructuras eléctricas adicionales hasta el punto de conexión con la red eléctrica de transporte o distribución. En su caso, se incluirán las protecciones y equipamientos que correspondan bajo el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y sus Instrucciones técnicas complementarias o el Reglamento de Instalaciones Eléctricas en Alta Tensión (RIAT) y sus Instrucciones técnicas complementarias.
  • Sistemas de gestión, control activo y monitorización tanto de la generación como de la acumulación y la demanda de energía eléctrica o térmica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda, que ayuden a optimizar la gestión y producción. 
  • Sistemas de medición del recurso en el emplazamiento, incluyendo sondeos exploratorios y ensayos TRT para el caso de instalaciones geotérmicas.
  • Obras civiles, cuando estén relacionadas con las actuaciones objeto de ayuda y aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del proyecto.
  • El coste del desmantelamiento de las instalaciones existentes en el emplazamiento, en el caso de que aplique, a la hora de hacer una instalación de renovables en su lugar, siempre se cumpla la condición de que al menos el 70% de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados.
  • Los costes de la redacción de los proyectos o memorias técnicas relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
  • Los costes de la dirección facultativa relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
  • Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
  • Los costes de gestión de la solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud
  • Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones, incluidos los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la justificación de estas ayudas.
  • El informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
  • Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias (auxiliares o no) específicas de cada tipología. 

 

La tramitación de las solicitudes se llevarán a cabo a través de la sede electrónica del gobierno de las Islas Baleares.

¿Cómo pedir la ayuda?

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